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Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
 

 

 

En España, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el sueldo mínimo legal que un trabajador puede cobrar independientemente de la dedicación profesional de la persona.

  Para el establecimiento del salario mínimo de cada año se consideran de manera conjunta el Índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la situación económica analizada de forma general.
  Podrá ser modificado semestralmente si hay variaciones sobre el presupuesto de IPC.
  Según la categoría profesional y los convenios empresariales adoptados podrá ser aumentada dicha cantidad o también podrá ser reducida si el trabajador se encuentra en ciertas situaciones de formación. Las relaciones laborales y precisiones se encuentran expresadas en el Estatuto de los trabajadores.
 

 

 
Año

SMI diario

SMI mensual

SMI anual
Variación
(14 pagas)
2004 15,35 € 460,50 € 6.447,00 € 8,60 %
2005 17,10 € 513,00 € 7.182,00 € 4,50 %
2006 18,03 € 540,90 € 7.572,60 € 5,40 %
2007 19,02 570,60 € 7.988,40 € 5,50 %
2008 20,00 € 600,00 € 8.400,00 € 5,15 %
2009 20,80 € 624,00 € 8.736,00 € 4,00 %
 
_(*) 2% en enero y 6,6% en julio