A
DE:
ASUNTO: COMENTARIOS AL PACTO.
En relación a la redacción de los puntos del pacto alcanzado
por la Empresa con la mitad de
Cláusula 1. Objeto y ámbito
territorial y personal
No se incluye a los TDs de nivel 8 y 9, como sí están
incluidos en el convenio de Cepsa.
Cláusula 2.- Ámbito temporal:
4 años nos parece
demasiado tiempo, queremos un máximo de 3 años, que coincida con la negociación
del nuevo convenio de Cepsa.
Cláusula 11.-
Grupos, subgrupos y categorías, 13.- Personal técnico y 15. Personal
operario:
Queremos que todos los trabajadores de nivel 5 se
consideren “técnicos auxiliares” como en Cepsa.
Capítulo III. Empleo.
Queremos dejar sentadas las bases de este capítulo
antes de la firma de cualquier pacto o convenio.
Dentro de este capítulo, mostramos nuestras reservas a
la referencia que se hace de la jornada irregular en la cláusula 29) Efectos
del cambio de puesto, subordinada a
un acuerdo total del convenio.
Capítulo IV. Jornada
No estamos de acuerdo en añadir el punto final de la cláusula
34.
Seguimos insistiendo en que queremos una jornada intensiva durante el año.
Falta la compensación del retraso de la salida del
autobús del turno, con al menos 3 días adicionales de vacaciones.
Y, en general, pendiente de un acuerdo global del
convenio en relación a las modificaciones introducidas por la jornada irregular
en cada una de las cláusulas afectadas de este capítulo y de cualquier otro,
que necesita además una discusión en profundidad, ya que las actuales
redacciones son inaceptables.
Cláusula 56. Retribución básica conjunta
No estamos de acuerdo con mantener discriminaciones en
el número de años de los importes diferenciados para los primeros años, para los
niveles 1 al 7 de 3 años y a partir del nivel 8 de 4 años.
Tampoco estamos de acuerdo en fijar unos salarios
bases diferentes durante estos años, ya que entendemos que puede ser una
irregularidad en ciertos casos.
Cláusula 62. Complemento “Ad Personam” de Turno
Queremos que se fije una igualación final también del
“Ad Personam Mínimo del Turno” entre “nuevos” y “viejos”.
Cláusula 69. Complemento de cantidad y calidad por
horas extraordinarias
Hay que mejorar la fórmula de la HE, quitando el coeficiente de penalización de los turnos, e
incluyendo el PDP y la parte fija de las disponibilidades.
Cláusula 72. Polivalencia en Operaciones
No estamos de acuerdo con el desarrollo de esta
cláusula, y queremos además que la polivalencia se aplique a todos los
trabajadores.
Además, aunque no se nos ha entregado a la hora de
redactar este escrito copia de los capítulo VI y siguientes, podemos adelantar
que queremos recoger en convenio
Complemento por enfermedad: complemento de pluses y otros complementos, de forma
similar como se hace en el Convenio de Cepsa.
En prueba de su recepción, le rogamos tenga a bien firmar
la copia de este escrito
La Rábida, 6 de Agosto de 2008
Fdo: Andrés Fernández Martín
Delegado
Sindical del SU en la RLR
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